Informaciones
Psiquiátricas
2018 - n.º
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Según el Informe Estadístico mensual de la
Dirección General de Atención a la Infancia
y la Adolescencia (DGAIA), hasta febrero del
2018 existen 7530 niños y adolescentes con
medidas de protección en Catalunya de los
cuales 3764 (50,0%) se encuentra en Aco-
gimiento Familiar, 3580 (47,5%) en Acogi-
miento Residencial y 186 (2,5%) con otras
medidas. En el 2018 se informa que existen
101 CRAEs con 1866 plazas que se encuen-
tran situados principalmente en las zonas de
Barcelona ciudad y comarcas y 5 CREIs con
122 plazas.
En algunas comunidades autónomas como
en Cataluña los diferentes centros especiali-
zados reciben denominaciones distintas (de
socialización, terapéuticos) pero viene a ser
prácticamente lo mismo representando solo
el 7% de las plazas residenciales totales en
España. Según el informe de los derechos del
niño (2013) (19), cabría estudiar las nece-
sidades de plazas en unidades hospitalarias
y residenciales para adolescentes con pro-
blemas graves de salud mental y adaptar la
oferta a las necesidades resultantes. En este
sentido para dar respuesta a situaciones que
requieren un abordaje técnico especializado
complementario a la red de centros oferta-
dos por el sistema de protección, el orga-
nismo competente en materia de protección
a la infancia y la adolescencia puede esta-
blecer conciertos con diferentes entidades
para un determinado número de plazas en
centros que no pertenecen a la red de cen-
tros de protección: centros de la red de salud
mental, de personas con discapacidades, de
intervención en toxicomanías, etc.
El ingreso y la estancia de personas meno-
res de edad en programas de acogida residen-
cial especializada para el tratamiento de pro-
blemas graves de conducta, de patologías en
la salud mental y de dependencia a tóxicos
siempre requieren una autorización judicial.
En el Artículo 133 de la Ley de Derechos y
Oportunidades en la Infancia y Adolescencia
14/2010 (10) indica que cuando sea necesa-
rio en función de las características de los
menores acogidos se han de crear centros o
unidades con espacios de escolarización pro-
pios reconocidos por la administración edu-
cativa con actividades escolares reconocidas
por el sistema educativo que incorporen
en su configuración elementos constructi-
vos de protección con el objeto de favore-
cer la eficacia de los programas educativos,
prelaborales o de tratamiento psicológico
o terapéutico. El Programa marco para los
centros residenciales de febrero del 2017 de
la DGAIA desarrolla los requerimientos ge-
nerales que son aplicables en los recursos
de acogida residencial básico y los reque-
rimientos y las características particulares
de la acogida residencial especializado en
centros o unidades de educación intensiva.
En este documento marco se regula el acogi-
miento residencial especializado en sistemas
de educación intensiva. Se indica que se ha
de velar porque las prácticas de contención
en los centros respeten los derechos de los
menores, limitar el uso de las salas y otras
medidas de contención o aislamiento físico
a casos extraordinarios para proteger al pro-
pio menor y que bajo ningún concepto sean
utilizadas como medida de sancionadoras o
correctivas. La administración de psicofár-
macos a los menores por parte del personal
del centro ha de tener un seguimiento mé-
dico y en ningún caso puede ser una medida
de contención habitual.
Estos centros tienen como objetivo propor-
cionar educación y atención a estos niños y
adolescentes, pero incluyen medidas estruc-
turales de protección para la tutela y la edu-
cación. Presentan tipologías y ratios diver-
sas. Actualmente en todo Catalunya existen
6 CREIS. En Barcelona (El Pedrenyal, Castan-
LOS JÓVENES TUTELADOS CON PROBLEMAS DE CONDUCTA ATENDIDOS EN LOS
CENTROS RESIDENCIALES DE EDUCACIÓN INTENSIVA (CREI) DE CATALUÑA