INFORMACIONES PSIQUIÁTRICAS 226 - page 153

Informaciones
Psiquiátricas
2016 - n.º 226
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necesario evitar o por lo menos reducir el
contacto de la población consumidora con el
mercado ilegal y otras drogas ilícitas. Otros
objetivos ineludibles son posibilitar el con-
trol de la composición y la potencia del can-
nabis, involucrar a consumidores en propues-
tas factibles de organización responsable y
de reducción de riesgos y daños, y posibilitar
un modelo restrictivo de clubes (entre otras
variables) a través de un órgano regulador.
De lo que se trata es que se aúnen regu-
lación y buenas prácticas, de modo que los
clubs sociales de cannabis trabajen coordina-
damente con las administraciones sanitaria y
local y con las oenegés implicadas en salud.
Hablar de regulación y buenas prácticas es
hablar de que haya acuerdos y empodera-
miento en el marco de sistemas de regulación
cooperativos.
Vale la pena pormenorizar las buenas prác-
ticas propuestas a los miembros de las aso-
ciaciones cannábicas, dirigidas especialmen-
te a los que realicen labores de atención a
los demás socios. Pueden resumirse en las
siguientes diez buenas prácticas.
1. Formación:
Las asociaciones han de promover, sea a títu-
lo individual o bien a través de las entidades
que las agrupen, la adecuada formación de
quienes formen parte de las juntas directivas
o realicen tareas de atención directa a los
socios.
2. Procedimientos y criterios de ad-
misión que incluyan criterios de sa-
lud, así como un consentimiento in-
formado:
En los procedimientos de admisión de nuevos
miembros se establecerán, por un lado, cri-
terios claros en relación a aquellas personas
que no podrán formar parte de la asociación
–por ejemplo, mujeres gestantes, personas
con determinados trastorno mentales, meno-
res de edad, etc.-. Además, en el momento de
la admisión se informará a la persona de los
riesgos asociados al uso de cannabis y en qué
casos está contraindicado, y se hará firmar
un consentimiento informado por el que se
declrará recibida esta información.
3. Campañas de información:
Se deben promover campañas de información
objetiva dirigidas a las personas asociadas,
no solo acerca del cannabis –variedades, po-
tencia, etc.-, sino también sobre los efectos
contrastados, tanto positivos como negati-
vos, los comportamientos que incrementan
riesgos, y las pautas que permitan un consu-
mo que los minimice.
Estas campañas pueden estar organizadas
por las propias asociaciones a título indivi-
dual o por agrupaciones de las mismas. En
todo caso, tienen que estar contrastadas y
compartidas para favorecer así el rigor y el
máximo alcance.
4. Promoción del uso de filtros o va-
porizadores:
Además de pautas generales de consumo
reductoras de riesgos, las asociaciones can-
nábicas han de promover el uso de filtros o
vaporizadores para reducir los daños en el
sistema respiratorio derivados de la inhala-
ción de humo.
5. Establecimiento de protocolos de
detección y derivación en el ámbito
de la Salud Mental:
Dado que hay personas predispuestas a sufrir
trastornos mentales por exposición a canna-
bis y que al mismo tiempo hay personas con
trastornos mentales consumen cannabis, las
asociaciones deben disponer de protocoles
de detección de casos y de derivación a los
servicios de salud mental del territorio donde
estas se hallen ubicadas.
6. Prevención y atención a personas
con usos problemáticos de cannabis:
A pesar de que el riesgo de adicción a can-
nabis es bajo, las personas que la desarrollan
APORTACIONES DE LA REDUCCIÓN DE RIESGOS Y DAÑOS EN UN CONTEXTO DE REGULACIÓN
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